Artículo
36:- Corresponde a la Dirección General de Educación Normal
y Actualización del Magisterio en el Distrito Ferderal el ejercicio
de las siguientes atribuciones:
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Organizar, operar, desarrollar,
supervisar y evaluar los servicios de educación normal a cargo de
la Subsecretaría de Servicios Educativos para el Distrito Federal,
con excepción de los que estén a cargo de órganos
desconcentrados de la propia dependencia.
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Diseñar, organizar
y coordinar la aplicación de cursos de capacitación y actualización
permanente para el personal directivo y docente de educación inicial,
especial, básica, indígena y física en el Distrito
Federal, que les proporcione los conocimientos acerca de la reformulación
de contenidos y auxiliares didácticos.
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Recopilar, de conformidad
con las unidades administrativas competentes de la Secretaría información
y material de análisis sobre los resultados alcanzados en la aplicación
de normas, planes y programas de estudio, métodos y contenidos educativos,
materiales y auxiliares didácticos e instrumentos para la evaluación
del aprendizaje en materia de educación normal.
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Coordinar sus actividades
con las demás autoridades educativas e instituciones formadoras
de maestros para la constitución y funcionamiento del sistema nacional
de formación, actualización, capacitación y superación
profesional para maestros, en términos de la Ley General de Educación.
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Coadyuvar para el logro
de las finalidades del Sistema Nacional de Orientación Educativa,
y
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Realizar, de conformidad
con las unidades administrativas competentes de la Secretaría, investigaciones
para el desarrollo de la educación normal y actualización
del maestro, así como también fomentar las que efectúen
los sectores público y privado.
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